|
OBRA
ACTUALIZABLE
POR
INTERNET.
Desde
aquí
podrá
bajar
en
archivo
PDF
toda
la
actualización
legislativa.

Estudios
Obra
puesta
al
día
según
la
DOCTRINA
Y
LA
JURISPRUDENCIA
de
la
Ley
11.922
y
sus
modificatorias:
Leyes
12.059,
12.278,
12.405,
13.057,
13.078,
13.080,
13.081
y
13.183
Prólogo
de
Eugenio
Raúl
ZAFFARONI
La
presente
obra
prácticamente
constituye
un
inteligente
manual
de
derecho
procesal
penal
de
la
Provincia
de
Buenos
Aires,
escrito
con
meridiana
claridad
conceptual
y
amplio
manejo
del
tema
por
parte
de
su
autor.
Esta
última
condición
se
verifica,
justamente,
con
la
primera,
pues
nadie
puede
explicar
con
tal
grado
de
transparencia
conocimientos
que
no
maneja
y
combina
con
soltura.
Un
manual
no
se
valora
por
el
arsenal
informativo
bibliográfico,
sino
por
su
potencial
de
transmisión
conceptual
y
su
coherencia
teórica.
Por
ello,
suele
ser
una
obra
cuya
redacción
ofrece
mayores
dificultades
que
las
de
un
tratado
o,
al
menos,
otro
género
de
obstáculos
no
inferiores
a
éstos.
Y,
por
cierto,
es
muy
poco
lo
que
le
falta
a
este
volumen
para
convertirse
en
un
completo
manual
de
primer
nivel.
El
autor
trata
de
ocultar
su
condición
de
teórico,
disculpándose
en
reiteradas
ocasiones,
pero
de
nada
valen
sus
excusas,
pues
su
vocación
se
proyecta
a
cada
línea
y,
muy
especialmente
cuando
se
enfrenta
con
valentía
e
inocultable
placer
con
temas
y
debates
de
fondo.
Es
suficiente
para
comprobarlo
recorrer
las
páginas
en
que
aborda
el
concepto
de
acción,
la
interpretación
de
la
ley,
la
sucesión
de
leyes
procesales
en
el
tiempo
y
el
alcance
de
la
casación,
con
la
advertencia
de
que
no
hacemos
más
que
mencionar
los
brotes
teóricos
más
relevantes
de
la
obra.
Por
momentos
pareciera
que
el
nuevo
código
procesal
penal
de
la
Provincia
de
Buenos
Aires
no
fuese
más
que
el
pretexto
que
le
permite
al
autor
lanzarse
a
los
temas
más
complicados
de
esta
disciplina.
Su
caracterización
del
inquisitorio
y
del
acusatorio,
con
la
que
abre
la
obra,
además
de
estar
finamente
trabajada,
constituye
la
base
de
todo
el
desarrollo
ulterior.
Un
purista
del
estilo
le
reprocharía
a
este
respecto
la
frecuente
reiteración
conceptual
y
la
remisión
constante
a
esa
base
primaria,
pero
pasaría
por
alto
que
no
se
trata
de
un
defecto
textual,
sino
de
un
necesario
recurso
didáctico
que
cumple
la
función
de
mostrar
la
coherencia
básica
del
discurso
con
su
punto
de
partida
y
base
de
sustentación.
No
es
gratuita
la
metáfora
del
texto
jurídico
lógicamente
completo
concebido
como
edificio:
una
y
otra
vez
la
construcción
se
sustenta
sobre
sus
vigas
maestras
|
|
El
texto
legal
sobre
el
que
Baños
trabaja
reemplaza
hoy
al
viejo
código
de
Tomás
Jofré.
El
código
del
jurista
sanluiseño
fue
avanzado
en
su
tiempo
y
quizá
mucho
menos
inquisitivo
que
su
práctica,
pero
el
tiempo
y
la
perversión
del
sistema
lo
devoraron.
El
viejo
texto
no
sólo
presentaba
el
inconveniente
del
juez
único
(de
instrucción
y
sentencia),
con
todas
las
críticas
que
justamente
se
le
señalan
en
el
presente
libro,
sino
que,
además,
ocultaba
la
realidad
práctica
del
por
demás
frecuente
“medio
juez”,
o
sea,
de
la
necesaria
delegación
de
la
instrucción
en
la
autoridad
policial.
El
efecto
de
esta
delegación
fue
catastrófico
y
sus
consecuencias
se
están
pagando
hasta
hoy,
sin
miras
de
hallarle
prontos
remedios.
Esa
delegación
destruyó
garantías,
corrompió
y
desintegró
a
la
propia
institución
policial
y,
como
si
esto
fuese
poco,
acabó
por
sembrar
una
sensación
de
inseguridad
general
muy
peligroso
para
el
destino
del
propio
sistema
político
democrático.
Pero
no
podemos
atribuir
esta
responsabilidad
a
Tomás
Jofré,
que
fue,
tal
vez,
el
más
lúcido
procesalista
penal
argentino
de
las
primeras
décadas
del
siglo
pasado.
Jofré
proyectó
primero
el
código
de
la
Provincia
de
San
Luis.
La
realidad
que
enfrentaba
hace
un
siglo
en
el
centro
de
la
República
era
de
pequeños
contornos,
de
poblaciones
rurales,
de
ámbitos
donde
todas
las
personas
mantenían
vínculos.
Nunca
pudo
imaginar
que
ese
texto
acabaría
siendo
usado
para
destruir
las
garantías
de
millones
de
personas
concentradas
urbanamente.
La
responsabilidad
no
fue
de
Jofré,
quien
inventó
un
vehículo
tracción
a
sangre
bastante
eficaz
para
la
carga
y
caminos
de
su
tiempo,
sino
de
quienes
siguieron
usando
el
mismo
vehículo
para
circular
por
autopistas
y
cargando
cien
veces
más
peso.
Nadie
ignoraba
la
tremendas
consecuencias
de
ese
desatino.
Todos
los
gobernantes
lo
supieron,
pero
prefirieron
callar,
ser
cómplices
para
no
crearse
problemas.
El
silencio
encubridor
de
todos
los
sectores
interesados
no
se
quebró
por
imperativos
éticos,
sino
porque
el
propio
aparato
destruido
lesionó
a
los
operadores
políticos.
Éstos
dejaron
funcionar
la
caldera
del
modo
perverso
en
que
lo
hacía,
hasta
que
ésta
estalló,
y
ese
es
el
origen
político
de
la
reforma
procesal
que
Baños
toma
como
base
para
sus
enriquecedores
desarrollos.
Edición
2004
ISBN
950-9037-07-9
768
págs.
Precio:
$
154.-
Adquiéralo
aqui
!
-
.
|
|
Personalmente,
no
estoy
seguro
de
que
las
prácticas
perversas
hayan
desaparecido
o
cambiado
radicalmente
con
el
nuevo
código.
Un
código
es
una
ley
y
una
práctica
es
una
cultura.
Una
ley
es
un
deber
ser
y
una
práctica
es
un
ser.
El
deber
ser
es
un
ser
que
no
es
(o
que
por
lo
menos
aún
no
es),
y
la
práctica
es
un
ser
que
es.
Es
bueno
que
haya
un
deber
ser
que
trate
de
orientar
al
ser
hacia
lo
que
debe
ser
(la
práctica
inquisitiva
hacia
la
acusatoria),
pero
se
trata
de
un
proceso
y
no
de
un
fenómeno
automático.
Es
muy
importante
que
obras
como
la
presente
enseñen
el
camino
que
debe
seguir
el
ser
hacia
lo
que
debe
ser,
porque
de
lo
contrario
la
práctica
quedaría
sin
brújula.
Pero
nadie
debe
cometer
el
error
de
pretender
que
la
reforma
está
hecha,
porque
estaría
tan
alucinado
como
el
piloto
de
tormenta
que
viendo
el
faro
crea
que
ya
está
en
tierra.
Una
reforma
procesal
es
un
largo
camino,
en
el
que
no
sólo
es
menester
buena
voluntad,
sino
también
recursos
humanos
y
materiales.
Una
obra
como
la
presente
es
de
fundamental
importancia
para
la
provisión
de
los
recursos
humanos
y
su
perfeccionamiento.
Ninguno
de
nosotros
proviene
de
una
formación
aséptica,
incolora,
sino
que
hemos
sido
entrenados
conforme
a
ciertas
ideas
que
se
concretaban
en
los
libros
que
leíamos
en
el
curso
de
nuestro
entrenamiento.
Por
eso,
un
libro
que
tiene
un
claro
objetivo
didáctico,
suele
tener
más
importancia
práctica
que
una
obra
teórica
mucho
más
compleja,
porque
llega
a
un
círculo
más
amplio
y,
además,
en
etapas
formativas
de
la
vida
intelectual,
o
sea,
más
tempranas,
cuando
aún
no
se
han
instalado
hábitos
de
pensamiento
obstaculizantes
del
uso
de
la
razón
y
de
la
percepción
de
la
realidad.
A
lo
dicho
debe
agregarse
que
la
obra
está
escrita
en
un
estilo
bastante
coloquial,
como
si
el
autor
discutiese
consigo
mismo
algunos
conceptos,
rechazando
otros
con
particular
énfasis,
usando
expresiones
de
diálogo
de
aula.
Esto
le
proporciona
una
agilidad
interesante.
Los
cuadros
son
un
|